Tendencias 2025 en la investigación y persecución de delitos de cuello blanco en E.U.A. y su Impacto en América Latina

Al acercarnos al último trimestre de 2025, es importante destacar los cambios en la política de investigación y persecución de los delitos de delitos de cuello blanco en Estados Unidos y su impacto para las empresas que operan en América Latina, particularmente en México. Las acciones regulatorias recientes indican una convergencia sin precedentes de esfuerzos antiterrorismo, anticorrupción y prevención de lavado de dinero. Temas de atención prioritaria para abogados corporativos, oficiales de cumplimiento y líderes empresariales en toda la región.

Identificamos cinco tendencias críticas que impactan la forma en que las autoridades estadounidenses abordan las investigaciones transfronterizas, con implicaciones prácticas para las empresas que navegan este entorno regulatorio.

1. Designación de Cárteles como organizaciones terroristas.

La designación de seis cárteles mexicanos como Organizaciones Terroristas Extranjeras (FTO, por sus siglas en inglés) conforme al artículo 219 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad y como Terroristas Mundiales Especialmente Designados (SDGT) bajo la Orden Ejecutiva 13224 representa mucho más que una postura simbólica. Estas designaciones activan poderosos mecanismos de investigación, persecución y sanción que se extienden mucho más allá de las herramientas tradicionales.

Conforme al artículo 18 U.S.C. § 2339B, proporcionar a sabiendas —o intentar o conspirar para proporcionar— apoyo material o recursos a una FTO constituye un delito federal punible con hasta 20 años de prisión. El Departamento de Justicia ha demostrado su disposición a aplicar este estatuto, tal como en el caso Lafarge, en el que una empresa cementera multinacional se declaró culpable de conspirar para proporcionar apoyo material a organizaciones terroristas extranjeras en Siria.

Las implicaciones para las instituciones financieras son particularmente severas. Los bancos y otras entidades financieras que tengan conocimiento de que poseen o controlan fondos de FTO o sus agentes tienen la obligación de retener esos fondos e informar al gobierno de Estados Unidos. El incumplimiento conlleva sanciones que pueden ir desde los $50,000 USD o de hasta el doble del monto que debería haberse retenido.

El Departamento de Justicia tiene jurisdicción extraterritorial sobre estas violaciones, lo que significa que empresas e individuos que operan fuera de las fronteras estadounidenses pueden ser sujetos a investigación y enjuiciamiento en los Estados Unidos. Para las empresas en México y en toda América Latina, esto crea una compleja red de obligaciones de cumplimiento que trascienden las fronteras geográficas tradicionales.

2. La aplicación del FCPA regresa reforzada

El 9 de junio de 2025, el Departamento de Justicia emitió nuevas directrices a través de las cuales se puso fin a la pausa temporal en la aplicación de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA). Estas directrices establecieron un enfoque reforzado con profundas implicaciones para la región.

Las directrices priorizan los casos que involucran cárteles y organizaciones criminales transnacionales (TCO). Específicamente, el DOJ priorizará investigaciones que involucren: (1) operaciones criminales de cárteles o TCO; (2) lavadores de dinero o empresas fantasma utilizadas para lavar recursos de cárteles; o (3) empleados estatales o funcionarios extranjeros que hayan recibido sobornos de cárteles o TCO.

Este realineamiento estratégico no es aislado. La designación simultánea de cárteles mexicanos como organizaciones terroristas y el renovado enfoque en la FCPA crea un efecto multiplicador de fuerza: por ejemplo, los pagos indebidos que anteriormente tendrían una perspectiva antisoborno, ahora pueden implicar acusaciones de apoyo material con sanciones significativamente más severas.

Para las empresas que operan en sectores tradicionalmente vulnerables a la corrupción, particularmente petróleo, gas y servicios financieros, esta convergencia exige una reevaluación fundamental de los marcos de cumplimiento y los protocolos de debida diligencia.

3. La Teoría se Encuentra con la Práctica: El Caso PEMEX

El nuevo enfoque del DOJ para la implementación de la FCPA pasó rápidamente de la política a la práctica. A principios de agosto de 2025, el Distrito Sur de Texas dio a conocer una acusación formal contra dos empresarios mexicanos por orquestar un esquema de sobornos para asegurar contratos con Petróleos Mexicanos (PEMEX) y su subsidiaria, PEMEX Exploración y Producción.

El acusado Ramón Alexandro Rovirosa Martínez fue arrestado el 11 de agosto de 2025 y desde entonces ha solicitado un juicio expedito, señalando lo que promete ser un caso de gran impacto. La investigación de PEMEX subraya que las nuevas prioridades no dejaran de lado la relevancia de sectores estratégicos.

4. La Ley FEND Off Fentanyl: Una Nueva Arma en el Arsenal del Tesoro

El 25 de junio de 2025 marcó un momento crucial para el sector financiero de México. FinCEN (Red de Control de Delitos Financieros) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos emitió órdenes que prohíben a bancos norteamericanos realizar transacciones con tres instituciones financieras mexicanas: CIBanco, Intercam y Vector Casa de Bolsa. Esta acción representa la primera aplicación de la Ley FEND Off Fentanyl de 2024, que autoriza al Tesoro a imponer sanciones utilizando el mismo marco establecido por la Ley USA PATRIOT. Originalmente promulgada en 2001 para combatir el financiamiento del terrorismo, la Ley PATRIOT otorga amplias facultades para designar a individuos y entidades que brindan apoyo a organizaciones terroristas y para excluirlos efectivamente del sistema financiero estadounidense.

Aunque las órdenes de FinCEN aún no han entrado en vigor debido a extensiones determinadas por la autoridad (ahora programadas para el 20 de octubre de 2025), las consecuencias para estos bancos han sido devastadoras. Las tres instituciones fueron intervenidas por la CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores), y hasta ahora todas ellas han sido o están en proceso de ser vendidas.

La aplicación de estas herramientas para combatir el tráfico de fentanilo, combinada con las designaciones de cárteles como organizaciones terroristas, crea una poderosa sinergia. Las instituciones financieras que no implementen controles robustos contra el lavado de dinero arriesgan no solo multas regulatorias, sino amenazas existenciales para sus operaciones comerciales. Las consecuencias pueden ser devastadoras incluso antes del comienzo de procedimientos formales, lo que demuestra que el daño reputacional y operativo puede ser catastrófico independientemente de los resultados legales finales.

5. Más Allá de la Banca: Las Sanciones al Sector Turístico Señalan un Alcance de Aplicación Más Amplio

El 13 de agosto de 2025, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos sancionó a cuatro individuos mexicanos y 13 empresas mexicanas vinculadas al fraude de tiempos compartidos supuestamente liderado por el Cártel de Jalisco Nueva Generación (CJNG). Estos individuos y empresas tienen su base cerca de Puerto Vallarta, un popular destino turístico. Vale la pena recordar que el CJNG ha sido designado por el gobierno de los Estados Unidos como una Organización Terrorista Extranjera (FTO).

Las implicaciones de estas sanciones son de gran alcance. Todas las propiedades e intereses en propiedades de las personas designadas o bloqueadas que se encuentren en Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueados y deben ser reportados a OFAC. Además, cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, individual o en conjunto, en un 50 por ciento o más de una o más personas bloqueadas, también está bloqueada. A menos que esté autorizada por una licencia general o específica emitida por OFAC, o de otra manera exenta. Las regulaciones de OFAC generalmente prohíben todas las transacciones por parte de personas estadounidenses o dentro de (o en tránsito por) Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o intereses en propiedades de personas bloqueadas.

Las violaciones de las sanciones estadounidenses pueden resultar en la imposición de sanciones civiles o penales, tanto a personas estadounidenses como extranjeras, creando una exposición significativa para empresas que inadvertidamente realizan transacciones con entidades designadas.

Esta expansión refleja una comprensión sofisticada de cómo las organizaciones criminales transnacionales pueden generar ganancias ilícitas en la economía legítima. Los sectores de turismo y hospitalidad, con sus transacciones en efectivo de alto volumen, estructuras de propiedad complejas y clientela internacional, presentan vehículos atractivos para operaciones de lavado de dinero.

Para las empresas en toda América Latina, el mensaje es claro: ningún sector está exento de escrutinio. Las empresas deben evaluar su exposición no en función de las normas de la industria o los patrones históricos de aplicación, sino en función de los riesgos reales de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo presentes en sus contextos operativos específicos.

Implicaciones Prácticas y Mitigación de Riesgos

Estas tendencias en investigación, persecución y sanción convergen para crear un entorno excepcionalmente desafiante para las empresas que operan en o con conexiones a América Latina. Varios pasos prácticos pueden ayudar a mitigar la exposición:

  • Debida diligencia mejorada sobre clientes, proveedores y socios comerciales debe incorporar evaluaciones específicas de conexiones con organizaciones designadas y sus redes de apoyo. Los protocolos tradicionales de “conozca a su cliente” ya no son suficientes dado el uso expandido de designaciones de FTO y sanciones de OFAC.
  • Reevaluación del programa de cumplimiento debe ocurrir de inmediato, con particular atención a si los marcos existentes abordan adecuadamente la intersección de obligaciones anticorrupción, contra el lavado de dinero y contra el financiamiento del terrorismo. La convergencia de estas prioridades de aplicación requiere enfoques de cumplimiento integrados en lugar de programas aislados.
  • Sistemas de monitoreo de transacciones deben calibrarse para detectar patrones consistentes con operaciones de cárteles, incluyendo estructuración, uso de empresas fantasma e involucramiento de individuos o entidades de alto riesgo. Los sistemas automatizados deben actualizarse para reflejar las designaciones actuales de OFAC y las listas de FTO.
  • Asesoría legal especializada es una prioridad: esperar hasta que surja una citación o investigación limita drásticamente las opciones estratégicas y las oportunidades de preparación de defensa. Los casos de instituciones financieras mexicanas demuestran que el daño reputacional puede preceder a los procedimientos legales formales, haciendo que la evaluación proactiva de riesgos sea crítica.

Conclusión

El panorama de investigación, persecución y sanción de lo que va del 2025 representa una recalibración de cómo las autoridades estadounidenses abordan el crimen de cuello blanco transfronterizo y su impacto en América Latina. La convergencia de herramientas antiterroristas, nuevas directrices anticorrupción y despliegue agresivo de sanciones crea riesgos sin precedentes para empresas desprevenidas.

Las empresas que adapten proactivamente sus marcos de cumplimiento, mejoren sus procesos de debida diligencia y contraten asesores experimentados para navegar este entorno complejo estarán mejor posicionadas no solo para evitar la exposición a sanciones, sino para mantener ventajas competitivas mientras los competidores tropiezan.

El entorno regulatorio continuará evolucionando, pero una constante permanece: la gestión de riesgos informada y proactiva consistentemente supera la respuesta reactiva a crisis.


Este artículo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoría legal. Las empresas que enfrentan preguntas específicas de cumplimiento o exposición a la aplicación de la ley deben consultar con asesoría legal calificada.

Estefania Medina-Ruvalcaba

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